¿En que consiste el Pasaporte Ordinario Español?
Se trata de un documento calificado como personal, individual e intransferible, expedido por el Estado Español, que acredita fuera de territorio nacional la identidad y nacionalidad de todos los ciudadanos de España.
El pasaporte utilizado para finalidad turística es el Pasaporte ordinario. Es el pasaporte que debes tramitar si quieres hacer un viaje al extranjero para turismo o estudios (Esto último siempre ligado al programa de visados del país final).
¿Legalmente hay algún impedimento que me imposibilite obtener mi pasaporte?
Los ciudadanos del territorio Español tienen derecho a obtener el pasaporte ordinario, aunque como todo en la vida existen algunas excepciones:
- Haber sido condenado por algún delito a penas con privación de libertad. En este caso se deberá solicitar autorización especial.
- Tener prohibición de abandonar el territorio nacional.
Clases de pasaporte
En España existen 3 tipos de clases de pasaportes:
- Pasaporte Ordinario (Turismo)
- Pasaporte Diplomático
- Pasaporte Oficiales y de Servicio
Pasaporte Ordinario
¿Donde se expide?
El pasaporte ordinario se expide en las comisarías de policía de España
En esta página web encontrarás todos los puntos de expedición de pasaporte como así información de tasas y enlaces pasa solicitud de Cita previa online. Solo selecciona el servicio que desees y selecciona tu provincia.
¿Cual es la validez de un pasaporte ordinario?
La validez del pasaporte ordinario esta íntegramente relacionada con la edad del solicitante. Encontrarás la validez en la siguiente tabla:
No obstante la validez puede variar por situaciones legales.
Quiero obtener mi pasaporte. ¿Que debo hacer?
Si deseas obtener tu pasaporte debes solicitar cita previa y acercarte a la oficina de expedición que más cerca dispongas. En esta web encontrarás Todas las direcciones y enlaces para realizar este tramite de la forma mas sencilla posible. Solo selecciona uno de los dos servicios siguientes y pincha en tu provincia:
Para solicitar la expedición del pasaporte, será necesaria la presencia física de la persona interesada, el abono en efectivo de la tasa y la presentación de los siguientes documentos:
Mayores de 14 años o Menores de 14 años con posesión de DNI:
- DNI en vigor.
Si eres extranjero y solicitas el pasaporte en un consulado este requisito puede variar solicitando la presentación del pasaporte en vigor o pendiente de renovar o la certificación literal de nacimiento del Registro Civil o Consulado en el que te hayas inscrito. - 1 foto reciente tamaño 32 x 26, en color y con fondo blanco liso, tomada de frente, y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que impida tu identificación. La foto no será necesaria si tu DNI tiene menos de dos años y no existen cambios importantes en tu fisonomía.
- Nota Importante: Si eres menor de edad, no emancipado, debes ir acompañado de las personas que ejerzan la patria potestad o la tutela y estas deben acreditar su identidad con DNI, NIE o Pasaporte y la relación de parentesco o asignación de la tutela con la partida literal de nacimiento, libro de familia, resolución judicial, etc.
Menores de 14 años sin posesión de DNI:
- Certificado literal de nacimiento expedido por el Registro Civil con una antelación máxima de 6 meses. Debe contener la anotación de que se "ha emitido a los solos efectos de la obtención de este documento".
- Si el menor ya posee un pasaporte debe presentarlo en lugar de la certificación registral a que se ha hecho referencia.
- 1 foto reciente tamaño 32 x 26, en color y con fondo blanco liso, tomada de frente, y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que impida tu identificación.
- DNI de las personas que ejerzan la patria potestad o tutela.
- El menor debe ir acompañado por las personas que ejerzan la patria potestad. Si esta persona es extranjera deberá aportar el número de identificación de extranjeros o cualquier otro documento identificativo expedido por autoridad oficial, como así tambien la relación de parentesco o asignación de la tutela con la partida literal de nacimiento, libro de familia, resolución judicial, etc.
Pasaporte Diplomático
Se expide en el Ministerio de Asuntos Exteriores. Este pasaporte esta vinculado a Altas Personalidades de la nación, miembros de la Carrera Diplomática y consular u otros Altos Cargos.
la validez del mismo es de 3 años, que podrá ampliarse hasta 5.
Pasaportes Oficiales y de Servicio
Este tipo de pasaporte es expedido por el Ministerio de Asuntos Exteriores a funcionarios o personas particulares que deban salir de España en comisión de servicio al extranjero, así como al personal de las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero. El interesado debe disponer de un pasaporte ordinario en vigor.
¿Que ocurre si pierdo o me roban el pasaporte?
Si te han robado o has perdido el pasaporte deberás presentar una denuncia. Si necesitas renovar el pasaporte puedes comunicar este hecho al equipo de expedición en el momento de la renovación. En este caso la validez del duplicado se limitará a la fecha de vigencia que tuviera el extraviado o sustraído.